«El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Doctrina General de Riesgos Laborales, llevará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la recaída de la infracción y previo cumplimiento https://haynesd936wcg6.anchor-blog.com/profile